El presente modelo de contrato tiene sólo valor referencial.


CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
(MODELO)


Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios que celebran, de una parte y como locadora EQUILIBRIUM CALIFICADORA DE RIESGO S. A. Inscrita a la Ficha 445140, Documento 561876, de la Sección de Mercantil del Registro Público, representada por su Gerente, señora María Patricia Pretto, con cédula Nº674426, en adelante EQUILIBRIUM, y de la otra parte y como comitente……………… , Inscrita a la Ficha …………, Documento …………….., de la Sección de Mercantil del Registro Público en adelante EL CLIENTE,
representado por………………………………… , con cédula No. ……………….., bajo las siguientes cláusulas:


PRIMERA
Declara EQUILIBRIUM que es una Empresa Calificadora de Riesgo, debidamente registrada en el Registro de la Comisión Nacional de Valores de la República de Panamá según resolución CNV Nº29- 2004, que tiene por finalidad principal la calificación de riesgo de empresas y obligaciones, pudiendo realizar además otras actividades complementarias.


SEGUNDA
Declara EL CLIENTE que es una entidad bancaria con operaciones en la República de Panamá, debidamente amparada por una licencia ____________ otorgada por la Superintendencia de Bancos.


TERCERA
Declaran las partes que EQUILIBRIUM cumple los requisitos que establece el Acuerdo 11-2005 de la Superintendencia de Bancos para poder brindar este servicio a EL CLIENTE.


CUARTA
Por el presente contrato, EQUILIBRIUM se compromete con EL CLIENTE a prestarle durante la
vigencia del presente contrato, el servicio de calificación de riesgo de la entidad bancaria, según las condiciones señaladas más adelante en el presente contrato.


QUINTA
Por el servicio a que se refiere la cláusula cuarta precedente, EL CLIENTE pagará a
EQUILIBRIUM horarios por la suma de Catorce mil dólares (US$14,000.00), moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América anuales netos más impuestos. El primer pago se efectuará por adelantado a la firma del contrato, una vez presentada la factura correspondiente y los pagos de los años subsiguientes, en caso de prórrogas de este contrato, se efectuarán en cada aniversario de la firma del mismo, una vez presentada la factura correspondiente.


Adicionalmente, EL CLIENTE pagará a favor de EQUILIBRIUM, los gastos en que esta incurra
durante la prestación del servicio, los mismos que sustentados se facturarán mensualmente, y deberán ser pagados por EL CLIENTE el mes siguiente. Se incluyen en esta categoría aquellos referidos a búsquedas en Registros Públicos, publicación de los resultados de la calificación dentro de los plazos de ley, obtención de Escrituras Públicas, gastos de comunicaciones debidamente justificados, transporte y viáticos en los casos que los servicios de calificación se presten fuera de la ciudad de Panamá, los mismos que serán previamente aprobados por EL CLIENTE.

El monto de los honorarios podrá ser modificado por EQUILIBRIUM, para lo cual deberá dar a EL CLIENTE un pre-aviso por escrito entregado con por lo menos 30 días de anticipación. En tal caso, EL CLIENTE podrá optar entre (i) aceptar el nuevo monto o (ii) resolver el presente contrato mediante notificación escrita a EQUILIBRIUM, al cabo de los 30 días de solicitada la modificación, y sin responsabilidad alguna para ninguna de las partes. Se entenderá que EL CLIENTE ha aceptado el nuevo monto si lo manifiesta así por escrito dentro de los 30 días siguientes de solicitada la modificación. Vencido dicho término de 30 días sin que EQUILIBRIUM haya recibido respuesta de EL CLIENTE, se entenderá aceptado el nuevo monto.

SEXTA
Son obligaciones de EL CLIENTE:
A) Proporcionar a EQUILIBRIUM toda la información que ésta requiera a efectos de la
calificación, sin reserva ni limitación de ninguna clase salvo las contempladas por las leyes, el
secreto bancario y las exigidas por autoridad judicial competente. La información básica a
proporcionarse y con frecuencia trimestral, es la siguiente:
1. Relación de accionistas y participación de cada cual en el Capital Social.
2. Pacto Social y Escrituras Públicas en que consten aumentos de capital de los últimos tres años.
3. Miembros de la Junta Directiva y de la plana gerencial, con indicación de experiencia en los
respectivos puestos, así como el organigrama de la Institución.
4. Memorias y Estados Financieros auditados consolidados del último ejercicio, así como
trimestrales de situación del ejercicio en curso detallando los siguientes rubros:

  • Detalle de Fondos Disponibles
  • Préstamos Netos
  • Activo Fijo y Depreciación acumulada.
  • Detalle de los derechos futuros y contingencias netas.
  • Detalle del rubro otras deudas.
  • Detalle del rubro otros pasivos.
  • Depósitos
  • Préstamos (pasivo)
  • Detalle de los gastos de operación
  • Detalle de los ingresos y costos de otras operaciones.
  • Monto y detalle de inversiones financieras temporales y permanentes.
  • Monto de intereses en suspenso.


5. Informe de gestión al cierre del último ejercicio (y si lo hubiese, al último trimestre), así
como el plan estratégico del ejercicio en curso.
6. Relación de cartera refinanciada, si hubiese (50 más importantes), detallando monto,
Categoría de riesgo crediticio, nombre, etc.
7. Detalle de las inversiones del Fondo al cierre del último ejercicio y trimestrales para el
ejercicio en curso.
8. Participación accionaria en otras empresas al cierre del último ejercicio y trimestrales del
ejercicio en curso, con indicación del porcentaje que representa en el capital social de la
Institución.
9. Estructura del fondeo al cierre del último ejercicio y trimestrales del presente ejercicio,
detallando acreedor, moneda, tasa de interés y comisión, parte corriente y a largo plazo de la
deuda y vencimientos de las cuotas de amortización, según el cuadro adjunto.

Acreedor
Monto de la Deuda Capital / Intereses
Moneda
Tasa de Interés
Fecha Vcto.
Plazo
Tipo Gtia.
Valor de Gtía.
1) Por Emisión
             
2) Empresas Relacionadas
             
3) Bancos y Corresponsales
             
4) Otros (detallar)
             


Acreedor Monto de la Deuda Moneda Tasa de Fecha Plazo Tipo Valor
Capital / Intereses Interés Vcto. Gtia. de Gtía.
1) Por Emisión
2) Empresas Relacionadas
3) Bancos y Corresponsales
4) Otros (detallar)
10. Estructura de la cuenta otros activos al último trimestre disponible.
11. Contingencias con opinión sobre las mismas de sus asesores legales (si las hubiere)
12. Procesos judiciales pendientes, como demandantes y como demandados.
13. Detalle de los activos ponderados y del fondo patrimonial (Indicador de Basilea)
14. Resumen de la categorización de la cartera de colocaciones distribuidas por categoría de
riesgo (A, B, C, D, E) de los últimos tres ejercicios y trimestrales para el ejercicio en curso.
15. Total de préstamos brutos y depósitos del público desagregando por plazos, según cuadro
siguiente:

Préstamos   Total   Depósitos   Total
0-30 días 0-30 días       0-30 días 0-30 días    
30 días a 1 año       30 días a 1 año    
Más de 1 año       Más de 1 año    

El total de préstamos y depósitos debe coincidir con el registrado en el Balance General.

16. Colocaciones y otras operaciones con personas o empresas relacionadas a la Institución.
17. Tasa de interés activa y pasiva anual promedio por tipo de operación de los últimos dos
períodos y últimos trimestres.
18. Políticas de crédito: De aprobación y seguimiento.
19. Subsidiarias de la Institución con activos, patrimonio y utilidad neta de cada una.
20. Relación de los 50 principales depositantes y clientes detallando montos.
21. Relación de los 50 préstamos vencidos más grandes detallando situación, % de
aprovisionamiento, etc.
22. Resumen de los tipos de garantías existentes sobre las colocaciones.
23. Prospecto informativo y minuta sobre títulos emitidos o por emitir (de ser el caso)
24. Resumen de emisiones anteriores (características, montos, vencimientos, tasas, tenedores, etc.)
si hubiese.
25. Posición mensual de liquidez de los últimos cuatro trimestres y de los últimos tres meses.
26. Reporte de Tesorería y reporte de liquidez del último período.
27. Cuadro donde se detalle el encaje al cierre de los últimos cuatro trimestres.
28. Últimos informes emitidos por la Superintendencia de Bancos sobre la situación del Banco.
29. Cualquier hecho de importancia que la entidad retenga relevante a fines de calificación.

Queda establecido que la relación de documentos que antecede es enunciativa mas no limitativa; consecuentemente, EL CLIENTE queda obligado a proporcionar a EQUILIBRIUM toda
información que ésta le requiera para el cabal cumplimiento de su labor de calificación.

B) Comunicar sin dilación y por escrito a EQUILIBRIUM cualquier hecho que pueda afectar o
modificar el resultado de cualquier calificación.

Toda información proporcionada por EL CLIENTE que no tenga carácter de pública, será tratada por EQUILIBRIUM con la debida reserva, EQUILIBRIUM respetará la sensibilidad de dicha
información, y será utilizada únicamente con fines analíticos. Cualquier información que haya de ser publicada específicamente sobre la emisión o sobre EL CLIENTE será enviada a la Administración del CLIENTE con anterioridad a la publicación con el fin de obtener su autorización.

SEPTIMA
El plazo mínimo del presente Contrato será de un año contado a partir de su suscripción, sin perjuicio de lo estipulado en las Cláusulas Sexta y Séptima siguientes. El Contrato se entiende prorrogado por plazos iguales, salvo notificación al respecto de cualquiera de las partes en un plazo no menor de treinta (30) días anteriores al vencimiento.
EQUILIBRIUM se compromete a rotar al menos cada cinco años su equipo de analistas y personal especializado asignado a EL CLIENTE, permitiéndose únicamente que un miembro del equipo de calificadores que venía atendiendo a EL CLIENTE permanezca por un periodo adicional de un año, persona que no podrá ser el socio que venía atendiendo a EL CLIENTE.

OCTAVA
EL CLIENTE podrá resolver el presente contrato en los siguientes casos:
A) De producirse la cancelación del Registro de EQUILIBRIUM por parte de la Comisión Nacional
de Valores de la República de Panamá.
B) En caso de incumplimiento por EUILIBRIUM de las obligaciones a que se refiere el presente
Contrato.

NOVENA
EQUILIBRIUM podrá resolver el presente contrato en los siguientes casos:
A) Por falta de pago y/o atraso en la cancelación de los honorarios estipulados en la cláusula quinta, en un plazo de treinta días calendario contados a partir de la fecha en que se debió realizar el pago respectivo.
B) En caso de incumplimiento por EL CLIENTE de las obligaciones a que se refiere el presente
Contrato.

DECIMA
Todo aquello que no esté expresamente estipulado en el presente contrato, se regirá por lo dispuesto en la normativa mercantil panameña vigente así como por lo establecido por la Superintendencia de Bancos, la Comisión Nacional de Valores -CONAVAL-, y legislación concordante.

DECIMA PRIMERA
Cualquier conflicto, controversia, diferencia, divergencia o disputa que surja entre las partes y en particular los derivados de la aplicación, ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación, operación, resolución, terminación o vigencia del presente contrato, se someterá a la decisión de un Tribunal Arbitral compuesto por tres Árbitros en equidad, nombrados uno por cada una de las partes y un Tercero nombrado por estos. El arbitraje se desarrollará de acuerdo a las normas de conciliación y Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de la República de Panamá.
El procedimiento de arbitraje establecido en el párrafo anterior, tendrá como sede la ciudad de
Panamá, República de Panamá. El laudo arbitral será definitivo, obligatorio y eficaz entre las
partes y podrá ser ejecutado ante cualquier jurisdicción competente o Tribunal. Cada parte
soportará sus gastos de preparación del arbitraje. Salvo que el laudo establezca otra cosa distinta, todos los demás gastos del arbitraje, incluidos las costas y honorarios del árbitro, serán abonados por partes iguales.
Cada parte, sus representantes y el árbitro, tratará toda la información referente a la controversia como información confidencial. Ninguna de las partes divulgará intencionada o negligentemente, ni provocará la divulgación de tal información, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte que facilite tal información relativa al procedimiento de arbitraje.

DECIMA SEGUNDA
Cada notificación o comunicación respecto del presente Contrato, será por escrito, en idioma español y mediante carta o fax, dirigida a la parte correspondiente en la dirección consignada en el presente Contrato.

DECIMA TERCERA
El hecho de que una de las partes permita, una o varias veces, que la otra incumpla sus obligaciones o las cumpla imperfectamente o en forma distinta a la pactada o no insista en el cumplimiento exacto de tales obligaciones o no ejerza oportunamente los derechos contractuales o legales que le correspondan, no se reputará ni equivaldrá a modificación del presente contrato, ni obstará en ningún caso para que dicha parte, en el futuro, insista en el cumplimiento fiel y específico de las obligaciones que corren a cargo de la otra o ejerza los derechos convencionales o legales de que sea titular.

DECIMA CUARTA
Queda entendido y convenido entre las partes contratantes que si alguna de las estipulaciones del presente contrato resultare nula según las leyes de la República de Panamá, o según las leyes que le sean aplicables en un momento dado, tal nulidad no invalidará el contrato en su totalidad, sino que éste se interpretará como si ni incluyera la estipulación o estipulaciones que se declaren nulas y los derechos y obligaciones de las partes contratantes serán interpretadas y observadas en la forma en que en derecho se proceda.
Las comunicaciones entre las partes serán dirigidas a las siguientes direcciones:


EL CLIENTE
Dirección:
Teléfonos:
Fax:
E-mail:

EQUILIBRIUM CALIFICADORA DE RIESGO S.A.
Dirección: Calle 50 y 54 Este Edificio Frontenac Local 3-D Bella Vista, Ciudad de Panamá, Panamá
Teléfono: (507) 214-3790
Fax: (507) 214-7931
E-mail: equilibrium@equilibrium.com.pa

Suscrito en la ciudad de Panamá, con fecha de de 200 , en 2 ejemplares de idéntico tenor.


EQUILIBRIUM CALIFICADORA DE RIESGO S.A.

 

EL CLIENTE

 
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